Boletín 18643-05En tramitaciónDiscusión inmediata
51 votaciones en 1 sesión
·34 aprobadas y 17 rechazadas. En la discusión en particular se pueden votar artículos, incisos o grupos de normas. Cuando la fuente lo indica, se muestra qué se votó.
27 oct 2026, 18:49 · CámaraRechazado
Votación particular
Admisibilidad de una indicación de los diputados (as) Carlos Bianchi, Jorge Brito e Irací Hassler, presentada en la Comisión de Hacienda, que agrega un artículo duodécimo nuevo al proyecto, del siguiente tenor: “Agréguese un nuevo artículo 473 bis en el Código Penal , del siguiente tenor: Art. 473 bis. Será sancionado con la pena de presidio mayor en su grado mínimo el que suministre valores de cualquier manera que sea a un interés que exceda al máximo que la ley permita estipular y que para su cobro incurra en alguna de las siguientes hipótesis: N°1: Utilice violencia, amenaza o intimidación en contra del deudor o su familia; N°2: Obligue al deudor a la suscripción de documentos u otras acciones de disposición patrimonial, valiéndose de alguna de las vías señaladas en la circunstancia precedente; o N°3: Se valga de engaño o se apropie ilícitamente de bienes del deudor o de su familia. Se impondrá la pena de presidio mayor en su grado medio si se cometiera este delito en forma habitual o masiva, o sirva para financiar una asociación ilícita.”.
Necesitaba 78 votos a favor · obtuvo 61
Le faltaron 17 votos
Mayoría simple: más votos a favor que en contra entre los presentes.
Dividida por bloques: izquierda votó 100% a favor y derecha conservadora, 0%.
·5 parlamentarios votaron distinto a la mayoría de su partido. Ver quiénes
27 oct 2026 · Cámara
51 votaciones · 34 aprobadas, 17 rechazadas
Busca palabras en la glosa oficial, el texto propuesto cotejado y los documentos relacionados de este boletín. Una coincidencia en un documento candidato no demuestra que ese pasaje se haya votado.
Objeto descrito por la fuente oficial
Admisibilidad de una indicación de los diputados (as) Carlos Bianchi, Jorge Brito e Irací Hassler, presentada en la Comisión de Hacienda, que agrega un artículo duodécimo nuevo al proyecto, del siguiente tenor: “Agréguese un nuevo artículo 473 bis en el Código Penal , del siguiente tenor: Art. 473 bis. Será sancionado con la pena de presidio mayor en su grado mínimo el que suministre valores de cualquier manera que sea a un interés que exceda al máximo que la ley permita estipular y que para su cobro incurra en alguna de las siguientes hipótesis: N°1: Utilice violencia, amenaza o intimidación en contra del deudor o su familia; N°2: Obligue al deudor a la suscripción de documentos u otras acciones de disposición patrimonial, valiéndose de alguna de las vías señaladas en la circunstancia precedente; o N°3: Se valga de engaño o se apropie ilícitamente de bienes del deudor o de su familia. Se impondrá la pena de presidio mayor en su grado medio si se cometiera este delito en forma habitual o masiva, o sirva para financiar una asociación ilícita.”.
Ver votación en la fuente ↗Cita en votación procedimental
“Agréguese un nuevo artículo 473 bis en el Código Penal , del siguiente tenor: Art. 473 bis. Será sancionado con la pena de presidio mayor en su grado mínimo el que suministre valores de cualquier manera que sea a un interés que exceda al máximo que la ley permita estipular y que para su cobro incurra en alguna de las siguientes hipótesis: N°1: Utilice violencia, amenaza o intimidación en contra del deudor o su familia; N°2: Obligue al deudor a la suscripción de documentos u otras acciones de disposición patrimonial, valiéndose de alguna de las vías señaladas en la circunstancia precedente; o N°3: Se valga de engaño o se apropie ilícitamente de bienes del deudor o de su familia. Se impondrá la pena de presidio mayor en su grado medio si se cometiera este delito en forma habitual o masiva, o sirva para financiar una asociación ilícita.”.
Aún no se identificó un documento candidato para el texto de esta votación.