Procesado con IA por Unholster
Boletín 14644-07 · Modifica el artículo 19, número 18°, de la Constitución Política de la República, con el objeto de permitir a los afiliados a las Administradoras de Fondos de Pensiones el retiro de la totalidad de sus ahorros de las cuentas de capitalización individual para los fines que estimen pertinentes. · Monitor Congreso